¿SERÁN PRUDENTES LAS MODIFICACIONES DE LA ASAMBLE NACIONAL? (¿SIMBOLIZARÁ LO QUE ELLOS REPRESENTAN?) ¡SEÑALES ADVERSAS!
¿En qué se diferencian los partidos políticos? Lamentablemente en un análisis objetivo y real, en absolutamente nada. Algunos posible objetarán y tendrán sus argumentaciones que expondrían para hacer resaltar algo que en realidad sólo a la vista de ellos se percibe. ¿Por qué razón se trata de dejar sentado esta realidad? Porque el partido no es el que jamás tendrá la respuesta para las necesidades real de la nación. El que lo tendrá será aquel que el pueblo eligió como el gobernador, junto con aquellos elegidos para asistir en la administración del nuevo gobierno. Sin embargo, de aquello que se quejan los que no ocupan el curul, y al ellos llegar hacen igual a lo criticado y aún peor, gloria a Dios cuando se presentan las excepciones (o algunos cuantos elementos que se les puede separar de lo contaminado).
Vayamos a lo elemental que describa en esencia lo que debería de ser la función de la Asamblea Nacional.
El
artículo159 de la Constitución Política de la República de Panamá, establece
que la función legislativa es ejercida por medio de la Asamblea Nacional y
consiste en expedir las leyes necesarias para el cumplimiento de los fines y el
ejercicio de las funciones del Estado. Existen dos tipos de leyes, estas son
Leyes Orgánicas y las Leyes Ordinarias.
•Las
Leyes Orgánicas: aquellas que regulan la actividad del Estado, por tanto,
son de carácter administrativo.
• Las
Leyes Ordinarias: aquellas que se aplican para temas especiales como:
amnistía política, reglamento interno de la Asamblea Nacional, las que
autorizan la declaración de guerra, o la negociación de paz, entre otros.
Examinemos
las Leyes Orgánicas en esta instancia, ya que, es allí precisamente en donde
gravitan las irregularidades o cuestionamientos en muchas instancias.
Cuando
la Asamblea o los legisladores tienen entre ellos mismos escaramuzas para poder
determinar el Reglamento Interno, ya que para algunos realmente fieles a lo
constitucional se oponen a cambios que favorezcan y abusen del sistema
administrativo y económico del país, entonces es preocupante. Ya que son
precisamente estos que en común acuerdo deben regular la actividad del Estado
de manera sobria y eficaz. Algo dentro del panorama actual deja en evidencia un
desbalance en áreas que en lo absoluto debería debatirse.
Hasta
el momento el Reglamento Orgánico se ha utilizado manipulativamente,
permitiendo algunos de los grandes abusos cometidos por los diputados.
La
ley 96 que reforma el Reglamento bajo el cual trabajan los diputados,
eliminaría los métodos no éticos del cual se ha estado dándole uso (diferentes
partidos), no en beneficio del Estado. Sin embargo, al igual otorga algunos
privilegios que en nada beneficia al país.
Una
ilustración clara sobre la temática:
a.
Establecimiento de 60 días de licencias
pagadas anualmente a los diputados.
b.
Establecer el voto secreto (esto daría
lugar a aprobaciones y favorecimientos de cambios y leyes sin poder determinar
a ciencia cierta el responsable).
c.
Y el régimen de sanciones por faltas éticas
a los diputados, ablandadas o menos rígidas.
Estos
indicativos de manipulación en sus procesos internos levantan interrogantes
tocantes a su desempeño eficiente como legisladores y su integridad como
funcionarios en su función al país.
En
base a lo que ha quedado expuesto hasta el momento, opaca su imagen en lo que
respecta a la construcción de un mejor organismo y en lo que respecta a
desarraigar las prácticas corruptas que han estado presentes y tratan de seguir
con vida.
Proverbios 29:2- Cuando los justos
aumentan, el pueblo se alegra; pero cuando el impío gobierna, el pueblo gime.
CUANDO AQUELLOS QUE DEBERÍAN ESTAR EN SU FUNCIÓN DE VELAR POR LAS MODIFICACIONES Y CREACIONES DE LEYES JUSTAMENTE BALANCEADAS, SON PRECISAMENTE AQUELLOS QUE LA INCLINAN, EL PAÍS ESTÁ EN DESVENTAJA.
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