¿QUÉ IMPIDE LA FUNCIONALIDAD EN PLENA DEMOCRACIA? FAVORECERÍA CAMBIOS




Tener los medios para poder hacer cumplir, hacer  fluir y beneficiar a la población, y verlos obstruidos por aquellos mismos que deberían ser parte del proceso de favorecer, es desalentador. Sin embargo, con los giros pertinentes quedando enfrente del cargo y acogiéndose al compromiso, presentaría otro panorama que bendeciría.
Cuando las decisiones, el desempeño de funciones, ejecución de un cargo, obrar justamente y sin compromisos, no puede concretarse o hacerse una realidad, entonces, ¿qué se puede esperar? ¿Cuál es el argumento?
Aquél funcionario no puede obrar o ejecutar, ya que de así hacerlo va a afectar al otro o a los otros funcionarios que están involucrados en esto o aquello.
Básicamente esto es lo que acontece en múltiples de cargos públicos.  Si se juzga o se enjuicia a este o aquél, afectaría esta área y aquel acuerdo, negocio, inversión.
Hay algunos que al percatarse que están en un círculo difícil de poder abrir y atender con honestidad y eficiencia innumerables casos pendientes y a los cuales se ha estado tratando de evadir para no afectar o alterar algo ya en efecto.
Ministerios, son partes funcionales de un gobierno de un país, mas cuando la eficacia no está siendo ejecutada, deja de ser funcional y lo no utilizable en ellos se tiene que reemplazar. Empero, cuando la ejecución no está a tono con la realidad nacional todo permanece en trance o suspenso, algo en definitiva envía una alerta, que acción se debe y se tiene que tomar. Mas cuando no hay acción o dirección, ¿a quién culpar?
La controlaría estas son parte de sus funciones que se deberían ejecutar y así mantener una respuesta constante a eventos que se suscitan y aún están bajo investigación para algunos.
1.      Fiscalizar y regular, mediante el control previo o posterior, todos los actos de manejo de fondos, y otros bienes públicos a fin de que realicen con corrección, según lo establecido en la ley.
2.      Examinar, intervenir y fenecer las cuentas de los funcionarios públicos, entidades o personas que administren, manejen o custodien fondos u otros bienes. Lo atinente a la responsabilidad penal corresponde a los tribunales ordinarios.
3.      Realizar inspecciones e investigaciones tendientes a determinar la corrección o incorrección  de las operaciones que afecten patrimonios públicos y en su caso presentar las denuncias respectivas.
4.      Demandar la declaratoria de inconstitucionalidad o de ilegalidad, según los casos, de las leyes y demás actos violatorios de la Constitución o de la Ley que afecten patrimonios públicos.
5.      Presentar para su juzgamiento, a través del Tribunal de Cuentas, las cuentas de los agentes y servidores públicos de manejo cuando surjan reparos por razón de supuestas irregularidades.
Esto es parte o una extracción de la Constitución Política de Panamá. Se ha escogido de manera muy selectiva algunas de las funciones constitucionales de aquel departamento.  Cuando estos cinco puntos y tanto más que su derecho abarca estuviesen en función de lleno, las ortigas y malezas no tienen oportunidad de crecimiento. Más, cuando es desatendida aquellas funciones entonces proliferará irregularidades, inconstancias y corrupción. Enriquecimiento ilícito, ya que nadie está llevando a cabo la denuncia y procediendo a poner el alto.
La labor de los servidores en cualesquiera que fuese su cargo, su realización permitiría que el país operase saludablemente, y así permitiendo que los recursos económicos, revirtiera para beneficiar a todo panameño, iniciando por el más humilde de ellos. No a desviarse como lamentablemente uno y otra vez es la cruenta realidad.
Romanos 13:6- Pues por esto también pagáis impuestos, porque {los gobernantes} son servidores de Dios, dedicados precisamente a esto.


Comentarios

  1. Tener los medios para poder hacer cumplir, hacer fluir y beneficiar a la población, y verlos obstruidos por aquellos mismos que deberían ser parte del proceso de favorecer, es desalentador. Sin embargo, con los giros pertinentes quedando enfrente del cargo y acogiéndose al compromiso, presentaría otro panorama que bendeciría.

    Cuando las decisiones, el desempeño de funciones, ejecución de un cargo, obrar justamente y sin compromisos, no puede concretarse o hacerse una realidad, entonces, ¿qué se puede esperar? ¿Cuál es el argumento?

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  2. Ministerios, son partes funcionales de un gobierno de un país, mas cuando la eficacia no está siendo ejecutada, deja de ser funcional y lo no utilizable en ellos se tiene que reemplazar. Empero, cuando la ejecución no está a tono con la realidad nacional todo permanece en trance o suspenso, algo en definitiva envía una alerta, que acción se debe y se tiene que tomar. Mas cuando no hay acción o dirección, ¿a quién culpar?

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