¿QUÉ IMPIDE LA FUNCIONALIDAD EN PLENA DEMOCRACIA? FAVORECERÍA CAMBIOS
Tener los medios
para poder hacer cumplir, hacer fluir y
beneficiar a la población, y verlos obstruidos por aquellos mismos que deberían
ser parte del proceso de favorecer, es desalentador. Sin embargo, con los giros
pertinentes quedando enfrente del cargo y acogiéndose al compromiso,
presentaría otro panorama que bendeciría.
Cuando las
decisiones, el desempeño de funciones, ejecución de un cargo, obrar justamente
y sin compromisos, no puede concretarse o hacerse una realidad, entonces, ¿qué
se puede esperar? ¿Cuál es el argumento?
Aquél funcionario
no puede obrar o ejecutar, ya que de así hacerlo va a afectar al otro o a los
otros funcionarios que están involucrados en esto o aquello.
Básicamente esto
es lo que acontece en múltiples de cargos públicos. Si se juzga o se enjuicia a este o aquél,
afectaría esta área y aquel acuerdo, negocio, inversión.
Hay algunos que
al percatarse que están en un círculo difícil de poder abrir y atender con
honestidad y eficiencia innumerables casos pendientes y a los cuales se ha
estado tratando de evadir para no afectar o alterar algo ya en efecto.
Ministerios, son
partes funcionales de un gobierno de un país, mas cuando la eficacia no está
siendo ejecutada, deja de ser funcional y lo no utilizable en ellos se tiene
que reemplazar. Empero, cuando la ejecución no está a tono con la realidad
nacional todo permanece en trance o suspenso, algo en definitiva envía una
alerta, que acción se debe y se tiene que tomar. Mas cuando no hay acción o
dirección, ¿a quién culpar?
La controlaría
estas son parte de sus funciones que se deberían ejecutar y así mantener una
respuesta constante a eventos que se suscitan y aún están bajo investigación
para algunos.
1.
Fiscalizar
y regular, mediante el control previo o posterior, todos los actos de manejo de
fondos, y otros bienes públicos a fin de que realicen con corrección, según lo
establecido en la ley.
2.
Examinar,
intervenir y fenecer las cuentas de los funcionarios públicos, entidades o
personas que administren, manejen o custodien fondos u otros bienes. Lo atinente
a la responsabilidad penal corresponde a los tribunales ordinarios.
3.
Realizar
inspecciones e investigaciones tendientes a determinar la corrección o
incorrección de las operaciones que
afecten patrimonios públicos y en su caso presentar las denuncias respectivas.
4.
Demandar
la declaratoria de inconstitucionalidad o de ilegalidad, según los casos, de
las leyes y demás actos violatorios de la Constitución o de la Ley que afecten
patrimonios públicos.
5.
Presentar
para su juzgamiento, a través del Tribunal de Cuentas, las cuentas de los
agentes y servidores públicos de manejo cuando surjan reparos por razón de
supuestas irregularidades.
Esto es parte o
una extracción de la Constitución Política de Panamá. Se ha escogido de manera
muy selectiva algunas de las funciones constitucionales de aquel
departamento. Cuando estos cinco puntos
y tanto más que su derecho abarca estuviesen en función de lleno, las ortigas y
malezas no tienen oportunidad de crecimiento. Más, cuando es desatendida
aquellas funciones entonces proliferará irregularidades, inconstancias y
corrupción. Enriquecimiento ilícito, ya que nadie está llevando a cabo la
denuncia y procediendo a poner el alto.
La labor de los
servidores en cualesquiera que fuese su cargo, su realización permitiría que el
país operase saludablemente, y así permitiendo que los recursos económicos,
revirtiera para beneficiar a todo panameño, iniciando por el más humilde de
ellos. No a desviarse como lamentablemente uno y otra vez es la cruenta
realidad.
Romanos 13:6- Pues por esto también pagáis
impuestos, porque {los gobernantes} son servidores de Dios, dedicados
precisamente a esto.
Tener los medios para poder hacer cumplir, hacer fluir y beneficiar a la población, y verlos obstruidos por aquellos mismos que deberían ser parte del proceso de favorecer, es desalentador. Sin embargo, con los giros pertinentes quedando enfrente del cargo y acogiéndose al compromiso, presentaría otro panorama que bendeciría.
ResponderEliminarCuando las decisiones, el desempeño de funciones, ejecución de un cargo, obrar justamente y sin compromisos, no puede concretarse o hacerse una realidad, entonces, ¿qué se puede esperar? ¿Cuál es el argumento?
Ministerios, son partes funcionales de un gobierno de un país, mas cuando la eficacia no está siendo ejecutada, deja de ser funcional y lo no utilizable en ellos se tiene que reemplazar. Empero, cuando la ejecución no está a tono con la realidad nacional todo permanece en trance o suspenso, algo en definitiva envía una alerta, que acción se debe y se tiene que tomar. Mas cuando no hay acción o dirección, ¿a quién culpar?
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